Pasos legales fundamentales para crear una empresa

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Si después de darle vueltas al asunto por fin decidiste patear el tablero y llevar adelante tu propio negocio, es importante que conozcas cuáles son los requisitos para poder crear tu empresa.

Requisitos generales para crear una empresa

Lógicamente, estos requisitos van a variar dependiendo de muchos factores. No tendrás que seguir los mismos pasos y trámites ni cumplir los mismos requisitos si tu negocio es online o si, por el contrario, es físico y necesitás contar con un local.

Tampoco tendrás que regirte por la misma normativa ni seguir exactamente los mismos pasos para cualquier tipo de negocio, ya que existen códigos propios, y diferentes requisitos según el tipo de empresa que pretendas promover.

Otro aspecto que puede hacer variar los requisitos para crear una empresa es la forma de sociedad. Pero así y todo, hay conceptos básicos y pasos legales generales para todo tipo de emprendimiento.

Tener un buen plan de negocios también es un requisito fundamental para optimizar el camino empresarial y, por supuesto, disponer de capital suficiente como para dar vida a un proyecto emprendedor, tanto para las inversiones iniciales como para los gastos a medio y largo plazo.

Requisitos legales para crear una empresa

La creación de una empresa en Argentina requiere de varios pasos y trámites:

  1. Una vez determinada la figura societaria o Persona Jurídica y nombre de la empresa, se deberán redactar los Estatutos y el otorgamiento de Instrumento Público de Constitución ante Escribano Público.
  2. Luego se deberá inscribir a la sociedad en el Registro Público de Comercio, lo cual se realiza a través de La Inspección General de Justicia, organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
  3. Relevar y solicitar todas las habilitaciones antes de la apertura y comienzo de actividades, además del alta de impuestos a nivel nacional y local.
  4. Realizar el registro de marcas, patentes, dominios de internet, y toda otra aplicación de la imagen corporativa o del logo en derechos de autor.

Facilidades

A través de la Resolución General 8/2017, se han mejorado los procedimientos y la accesibilidad al trámite, gracias a ciertas modificaciones de la ley: Instrumento constitutivo por escritura pública: Se habilita la firma digital de profesionales pertenecientes a cualquier jurisdicción, sin restricción a la Ciudad de Buenos Aires, a través del sistema firmador del Colegio de Escribanos que corresponda en cada caso.

  • Documento electrónico: Se habilita la firma electrónica de los socios, «debiendo el último de los socios en firmar, utilizar firma digital para suscribir y cerrar el documento con todas las propiedades y seguridades que brinda dicha firma digital. Si la SAS fuera unipersonal, la firma del socio único deberá ser digital».
  • Dictamen: En caso de ser emitido por escribano, el mismo podrá ser de la Ciudad de Buenos Aires o de la provincia de Buenos Aires. La firma deberá realizarla a través del sistema firmador del colegio correspondiente.
  • Denominación social: La misma «no podrá ser igual o similar a otras ya existentes ni incluir términos o expresiones contrarias a la ley, el orden público o las buenas costumbres».

En la medida en que no se cumpla con lo dispuesto «los otorgantes serán responsables ante terceros por la denominación social elegida».

  • Objeto social: Se introduce la industrialización entre las opciones de actividades previstas.
  • Plazo de duración de la sociedad: En caso de no adoptar el plazo de duración previsto en el instrumento constitutivo modelo, se deberá incluir el plazo acordado por los socios.

Puesta en marcha

Una vez listo todo lo anterior, ya podrás comenzar con las actividades empresariales, con la tranquilidad de que desde el inicio has analizado todos los riesgos posibles y tomado las medidas necesarias para prevenir cualquier conflicto legal.

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