Cómo queda el Impuesto a los Bienes Personales

Compartir

Compartir

El impuesto sobre los Bienes Personales es un impuesto que recae sobre la tenencia de bienes al 31de diciembre de cada año, y lo pagan las personas físicas y sucesiones indivisas residentes en el país por los bienes dentro de la República y en el exterior.

Para el ejercicio de 2019, el Gobierno oficializó por decreto algunas modificaciones sobre este impuesto, cuyo vencimiento tendrá lugar en el año 2020.

Te contamos algunos de los cambios más significativos, que te van a resultar de gran interés

 

Aumento del mínimo no imponible

El monto mínimo para no tributar este impuesto pasará de $1.050.000 actual, a $2.000.000.

Aumento de alícuotas

En la actualidad, existe una alícuota fija del 0,25% para todos los contribuyentes. Con este cambio, se vuelve a la versión anterior de Bienes Personales, con una escala progresiva de alícuotas. Esto significa que, quienes más bienes tengan, tributarán una alícuota mayor.

Exención casa habitación

Este punto resulta ser de los más beneficiosos, ya que exime del pago de este impuesto a los inmuebles destinados a casa habitación cuyo valor impositivo no supere los $18.000.000, y donde sus propietarios residan de forma permanente.

Cronograma de vencimientos

La fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada para inscriptos, y los que deban pagar el impuesto, va desde el 11 al 13 de junio de 2019.
En el mismo plazo, vencerá la presentación y el pago correspondiente a Bienes Personales de las participaciones societarias.

Para aquellas personas que trabajen en relación de dependencia y para los jubilados, el plazo para presentar las Declaraciones Juradas informativas será el 30 de junio de 2019.

Impacto

El impacto más significativo del aumento de Bienes Personales se reflejará ante la acción del nuevo Organismo Federal de Valuaciones Fiscales.

En líneas generales, el Comité Ejecutivo, cuyos miembros se desempeñan con carácter «ad-honorem«, propuestos por las respectivas jurisdicciones y entidades, tiene a su cargo las siguientes funciones:

  • Establecer los procedimientos y metodologías en materia de valuaciones fiscales de inmuebles, a los fines de que los mismos sean implementados por los distritos.
  • Asistir en la gestión de fuentes de financiamiento para el mejoramiento y el desarrollo de los catastros provinciales.
  • Analizar la conveniencia de dotar de personalidad jurídica y autarquía económica financiera al Organismo y, en su caso, proponer los instrumentos jurídicos necesarios para tal fin.

El Consejo Asesor del Organismo, de carácter consultivo y vinculante, está integrado por un representante del Estado, designado por el Ministerio del Interior, y de cada uno de los catastros de las provincias, que deberán acreditar conocimientos en sistemas de información territorial.

En resumen, este Organismo, creado en octubre de 2018, tiene como objetivo determinar los procedimientos y metodologías para que las provincias avancen en un revalúo inmobiliario, lo cual impactará directamente en Bienes Personales.

Esto generaría que muchas más personas comiencen a tributar este impuesto, producto de la revaluación de sus inmuebles, la inflación del país, y la revaluación de sus activos valuados en moneda extranjera.

Una vez más, Contagram te acerca toda la información para que el comienzo de año no te agarre desprevenido en ningún aspecto que tenga que ver con tu universo emprendedor, económico y fiscal.

Más Artículos