PyMEs: pago a 90 días de IVA, y certificado de no retención

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Como ya te venimos contando desde Contagram, existen muchos beneficios para las pequeñas y medianas empresas que se registren como tal, y una de esas ventajas tiene que ver con el pago del IVA.

Es que podés pagarlo a 90 días, y la forma de acceder a este beneficio es muy simple, ya que lo podés hacer cuando estés realizando tu inscripción como PyME en AFIP.

Cómo acceder al beneficio

Una vez ingresado al sistema, debés dirigirte al sector servicio “PyMEs”, hacer clic en el casillero que se encuentra al lado del beneficio, y seleccionar la opción “”. Acto seguido, podrás ver la aprobación o el rechazo de la solicitud del beneficio en el servicio de e-ventanilla.

Una vez que sea aprobada la solicitud, podrás ver el nuevo vencimiento del pago de las Declaraciones Juradas de IVA mediante el Sistema de Cuentas Tributarias.
Si bien la presentación de las de las mismas seguirá siendo mensual, podrás ingresar el saldo resultante en la fecha de vencimiento correspondiente al segundo mes siguiente al de su vencimiento original.

Simplificación para solicitar el certificado de no retención de IVA

Como parte del plan de beneficios, las micro, pequeñas y medianas empresas pueden solicitar el beneficio de no retención de IVA cuando sus Declaraciones Juradas de IVA tengan un saldo a favor durante dos períodos fiscales consecutivos anteriores al pedido.

Además, al momento de la solicitud, las PyMEs tramo 1 deben tener un saldo a favor en la última Declaración Jurada de IVA vencida, equivalente al 10% del promedio del impuesto determinado en las Declaraciones Juradas de los últimos doce períodos fiscales, como mínimo.

Pero atención, porque las empresas que desarrollen actividades de la construcción y minería y las personas humanas que desarrollen actividades en el sector de servicios, NO pueden acceder al beneficio.

Paso a paso, cómo hacer la petición de no retención de IVA

  • Ingresá al sitio de AFIP.
  • Seleccioná el servicio «Certificados de Exclusión Ret/Percep del IVA y Certificados de Exclusión Percep. del IVA – Aduana».
  • Seleccioná la opción «Solicitud de Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado (CNR PYME)”.

Ahora que conocés más de los beneficios, podrías poner en marcha el proceso de inscripción de tu empresa como PyME. Desde Contagram te seguimos acercando todo lo que necesitás saber sobre registro PyME, y muchos temas más, para que tu desarrollo como emprendedor esté guiado de manera segura hacia el camino del éxito.

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